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"Cosquillas como las de papá"

Son muchos los órganos legales y judiciales que demandan la no revictimización del niño o niña (que no tengan que volver a recordar lo sucedido) y llegan a recomendar el uso generalizado de las pruebas preconstituidas cuando se trata de víctimas menores de edad y, especialmente, cuando estas han sufrido abusos sexuales.

Sin embargo, en tan sólo un 14% de las sentencias analizadas se ha aceptado la prueba preconstituida y se ha evitado así que el niño o niña declare de nuevo. Por un lado, estas pruebas no se hacen sistemáticamente y, por otro, hay ocasiones en las que se hacen mal y no son aceptadas por los magistrados encargados del juicio oral. 

La historia de Sofía

Con 4 años Sofía tenía un comportamiento un poco extraño para su edad. Le pedía a su madre que le hiciera cosquillitas en sus partes íntimas “igual que las de papá”; alguna vez Sofía llegó a bajarse la ropa interior en público y a contar entonces aquello de las “cosquillitas de papá”.

Este fue el momento en el que la madre de Sofía decidió divorciarse y denunciar a quien todavía era su marido. Unas psicólogas forenses, peritas de los juzgados, valoraron la credibilidad del testimonio de Sofía. En su informe describen que la niña narra lo que le hace su padre de forma espontánea, sin un discurso encorsetado y sin usar vocabulario de persona adulta. La niña entiende, a sus 4 años, que lo que le hace su padre es un juego. Su conclusión: la narración de Lucía es creíble.

El juez de instrucción decide entonces que Sofía es muy pequeña y que su declaración se va a realizar de forma preconstituida para evitar que, si se abre juicio oral años después, ella tenga que volver a declarar. Se establece que un psicólogo interrogará a Sofía quien, a través de juegos y dibujos, contará lo que ha vivido mientras, por circuito cerrado, fiscal, defensa, acusado y juez escuchan y ven lo que Sofía hace. Así se hace y la declaración queda grabada para usarse en la fase de enjuiciamiento.

Cuando llega ese momento, al visionar la declaración de Sofía hay una sorpresa. La cámara no la grabó a ella, si no que se colocó erróneamente en la otra sala. Lo que se ve es cómo fiscal, juez, acusado y abogado observan una televisión de la que sale la voz de Sofía. Sin embargo, no se aprecian sus gestos o lo que hace con los muñecos. La sentencia concluye que no se puede valorar qué ha pasado sin saber qué partes de su cuerpo se señala la niña al narrar lo que le hacía su padre y, por tanto, éste es absuelto.

La madre de Sofía recurrió y demandó que se prolongaran las medidas cautelares que pesaban sobre su ex-marido que, en ese momento, no podía acercarse a Sofía. El fiscal se adhirió a esta petición por el “importantísimo bien jurídico a proteger”. Sin embargo, todas las instancias superiores consideraron que basándose en un vídeo mal hecho no se puede condenar a nadie.

Totalmente absuelto, las medidas cautelares contra el padre no pueden permanecer y el juzgado de familia fue progresivamente ampliando el tiempo que padre e hija pasan juntos. Hoy hay noches en las que Sofía duerme en casa de su padre y su madre, mientras, no puede dormir.

Cuando las instituciones fallan a la infancia

La historia de Sofía no es la única, ya que las instituciones fallan constantemente a la infancia en materia de abusos sexuales. Es necesario que exista una Fiscalía específica de violencia contra la infancia y juzgados de instrucción especializados en este tipo de violencia. Hay que priorizar que se tramiten los procedimientos de abusos a menores de manera rápida y ágil, incluyendo formación específica a todos los profesionales involucrados en el proceso.

Únete a nosotros para y pídele al Gobierno de España que ponga en marcha una serie de medidas que ayuden a prevenir, detectar y denunciar los abusos sexuales. Firma nuestra petición.

 

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