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Preguntas frecuentes

  

Queremos compartir contigo las preguntas que de manera más frecuente se plantean en relación a qué es un legado solidario y cómo llevarlo a cabo en el momento de hacer un testamento.

 

  • ¿Qué es una herencia?
    La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que tras el fallecimiento de una persona se transmite a sus sucesores.
     
  • ¿Qué es un testamento?
    Es el acto que expresa por escrito el destino que dispone una persona de sus  bienes o parte de ellos tras su fallecimiento.
     
  • ¿Qué es un legado?
    Es una de las formas de nombrar en el testamento. Consiste en dejar a una o varias personas (físicas o jurídicas) como sucesora/s a título particular, esto es, que reciban bienes concretos o determinados (coche, joyas, una cantidad de dinero, etc..), pudiendo incluir en este apartado a organizaciones no lucrativas como es el caso de Save the Children. El valor de los bienes que se legan en ningún caso puede superar el de la legítima que corresponde a los herederos forzosos.
     
  • ¿Quiénes son los herederos forzosos?
    Son herederos forzosos, en primer lugar, los hijos y descendientes (nietos o nietas) y,  en su defecto, los padres y ascendientes (abuelos, abuelas). Por su parte, el cónyuge heredará en la forma que se establece legalmente. Siempre habrá que respetar la legítima de los herederos forzosos.

  • ¿Qué ocurre si no hago testamento?
    Si no realizas testamento, la ley designará el orden de sucesión siguiendo determinadas reglas de parentesco. En caso de no haber parientes más o menos próximos que puedan heredar, y si no se hubiera hecho testamento, será el Estado el beneficiario de la herencia.

  • ¿Puedo incluir en la herencia a Save the Children o dejarle un legado?
    Sí, puedes incluir en tu herencia o dejar un legado a la persona física o jurídica que  quieras.

  • ¿Qué bienes puedo donar en mi testamento a Save the Children?
    Puedes donar a Save the Children cualquier tipo de bien o derecho patrimonial.
    • Bienes inmuebles: Pisos, apartamentos, terrenos, casas…
    • Valores financieros: Acciones, fondos de inversión, seguros de vida, obligaciones, participaciones, rentas, etc.
    • Dinero: Cuentas corrientes, efectivo, etc.
    • Otros bienes: Mobiliario, obras de arte, joyas, piezas de colección, vehículos…
    También es posible dejar un porcentaje de los bienes señalados anteriormente.

  • ¿Existen beneficios fiscales por incluir a Save the Children en mi testamento?
    Save the Children es una persona jurídica y por lo tanto no está sujeta al impuesto de sucesiones. Al ser una organización no lucrativa declarada de utilidad pública y constituida como fundación, los ingresos que recibe de las herencias y legados están exentos del impuesto de sociedades. Por lo tanto la herencia no se vería mermada por dicho impuesto.

  • ¿Se puede cambiar un testamento?
    Sí, se puede modificar tantas veces como quieras. Por lo que, si ya tienes hecho testamento y tomas la decisión de nombrar a Save the Children como beneficiaria del mismo, puede hacerse una modificación posterior para incluirlo.

  • ¿Por qué incluir a Save the Children en mi testamento?
    Incluir a Save the Children en tu testamento es otra forma de colaborar con la labor de la organización y con la lucha diaria que realizamos para defender los derechos de la infancia, especialmente con la que vive una situación más vulnerable. Legar una parte de tu herencia a una organización no significa estar perjudicando a los demás herederos, sino que es un signo de voluntad para alargar tu compromiso con nuestra labor.

  • ¿Qué se hará con mi herencia o legado?
    Tu herencia contribuirá a apoyar nuestros programas de desarrollo en salud y nutrición, educación y protección frente a la violencia en todo el mundo, así como el programa de lucha contra la pobreza infantil en España.

  • ¿Qué necesitas para poder testar a Save the Children?
    Habla con tu notario y explícale tu decisión de realizar un legado solidario a favor de Save the Children. Necesitarás nuestros datos y dirección fiscal para incluirlos en tu testamento:

               FUNDACIÓN SAVE THE CHILDREN
               C/ Doctor Esquerdo 138, 2ªplanta
               28007 MADRID     
               CIF.: G 79362497   

Tu herencia contribuirá a apoyar nuestros programas de desarrollo en salud y nutrición, educación y protección frente a la violencia en todo el mundo, así como el programa de lucha contra la pobreza infantil en España.

Tu legado solidario es la mejor herencia para miles de niños y niñas en todo el mundo.